Nómina · TSS · ISRActualizado 16 abril 2026

Nómina TSS RD 2026 — SFS AFP ISR Liquidación Art. 80

Todo lo que necesitas saber sobre el cálculo de nómina en República Dominicana: porcentajes TSS vigentes, retención ISR en salarios, décimo tercero y cómo calcular liquidaciones bajo el Artículo 80 del Código de Trabajo.

Aportes TSS 2026: SFS y AFP

La Tesorería de la Seguridad Social (TSS) administra los aportes del sistema de seguridad social dominicano. Toda empresa con empleados debe registrarlos y hacer los aportes mensuales. Las tasas 2026 son:

Seguro Familiar de Salud (SFS) — Ley 87-01

AportantePorcentajeBase
Empleado3.04%Salario cotizable
Empleador7.09%Salario cotizable
Total SFS10.13%Salario cotizable

Sistema de Pensiones (AFP) — Ley 87-01

AportantePorcentajeBase
Empleado2.87%Salario cotizable
Empleador7.10%Salario cotizable
Total AFP9.97%Salario cotizable

Aportaciones adicionales del empleador

ConceptoPorcentajeDestino
Seguro Laboral de Riesgos Laborales (LRL)1.20%ARLSS
INFOTEP1.00%Instituto Nacional de Formación Técnica
Total adicional empleador2.20%
TOTAL EMPLEADOR (SFS + AFP + LRL + INFOTEP)16.39%Costo total del empleador

Techo salarial AFP: Los aportes AFP tienen un techo de 20 salarios mínimos del sector privado (actualizado cada enero). Para 2026, consulta la TSS en tss.gov.do para el salario mínimo vigente.

Retención ISR en salarios

Todo empleador debe retener el ISR (Impuesto Sobre la Renta) de sus empleados que superen la exención fiscal. La escala progresiva anual para 2026 es:

Ingreso anual (RD$)Tasa marginalISR sobre el excedente
Hasta 416,220.01Exento
416,220.02 hasta 624,329.0015%Sobre el excedente de 416,220.01
624,329.01 hasta 867,123.0020%Sobre el excedente de 624,329.00
Más de 867,123.0025%Sobre el excedente de 867,123.00

Nota: Estos montos son ajustados anualmente por la DGII según el índice de inflación del Banco Central. Para la retención mensual, divide los rangos entre 12 y aplica el cálculo al salario mensual.

Ejemplo completo de nómina mensual

Empleado: Gerente de Ventas — Salario bruto: RD$ 55,000/mes

CÁLCULO MENSUAL

Salario brutoRD$ 55,000.00

DESCUENTOS EMPLEADO:

SFS empleado (3.04%)RD$ 1,672.00
AFP empleado (2.87%)RD$ 1,578.50
ISR retención mensual*RD$ 2,183.33
Salario neto a pagarRD$ 49,566.17

APORTES PATRONALES (costo empresa):

+ SFS empleador (7.09%)RD$ 3,899.50
+ AFP empleador (7.10%)RD$ 3,905.00
+ LRL (1.20%)RD$ 660.00
+ INFOTEP (1.00%)RD$ 550.00
Costo total empleadorRD$ 64,014.50

*ISR calculado sobre ingreso anual proyectado de RD$ 660,000

Décimo tercero: cómo calcularlo

El décimo tercero (salario de Navidad) está establecido en el Art. 219 del Código de Trabajo. Es obligatorio y debe pagarse antes del 20 de diciembre.

Tabla de décimo tercero según tiempo trabajado

Tiempo trabajadoDécimo proporcional
1 a 3 meses1/12 del salario mensual por mes
3 a 6 meses50% de un salario mensual
6 meses a 1 año75% de un salario mensual
1 año o más100% de un salario mensual

Base del cálculo: El décimo se calcula sobre el salario ordinario mensual, sin incluir horas extras ni bonos extraordinarios. En TuFacturaRD, se calcula automáticamente y se registra como provisión mensual (1/12 del salario).

Liquidación Art. 80 del Código de Trabajo

Cuando un empleado es despedido sin causa justificada, el empleador debe pagar la liquidación completa según el Artículo 80 del Código de Trabajo (Ley 16-92).

ConceptoTiempo trabajadoMonto
PreavisoMenos de 3 meses6 días de salario
Preaviso3 meses a 6 meses7 días de salario
Preaviso6 meses a 1 año14 días de salario
PreavisoMás de 1 año28 días de salario
Cesantía3 meses a 6 meses6 días de salario
Cesantía6 meses a 1 año13 días de salario
Cesantía1 a 5 años21 días por año trabajado
Cesantía5 a 10 años23 días por año trabajado
CesantíaMás de 10 años23 días por año (máx. 495 días)
Décimo proporcionalSiempreProporcional al tiempo del año trabajado
Vacaciones proporcionalesSiempre14 días × proporción del año

Importante: Si el empleado renuncia voluntariamente (Art. 75), solo tiene derecho al preaviso y al décimo proporcional. No hay cesantía en renuncias voluntarias.

El IR-3 — Reporte anual de retenciones

El formulario IR-3 de la DGII es la declaración anual de las retenciones de ISR practicadas a empleados. Se presenta en marzo del año siguiente (ejemplo: IR-3 del 2026 se presenta en marzo 2027).

Quién presenta

Todo empleador con empleados asalariados

Cuándo

Antes del 31 de marzo del año siguiente

Dónde

Portal OFV de la DGII (dgii.gov.do)

Módulo de Nómina en TuFacturaRD

Cálculo automático TSS

SFS, AFP, LRL e INFOTEP calculados automáticamente cada período.

Retención ISR inteligente

Aplica la escala progresiva correcta según el salario anualizado del empleado.

Liquidaciones en segundos

Ingresa la fecha de ingreso y egreso, el módulo calcula Art. 75 u 80 automáticamente.

Décimo provisión mensual

Acumula el décimo automáticamente para no sorprenderte en diciembre.

IR-3 automático

Genera el reporte anual de retenciones con un clic, listo para la DGII.

Asientos contables

Cada nómina genera su asiento contable automáticamente en el libro mayor.

Preguntas frecuentes

¿Las horas extras se incluyen en la base TSS?

Sí, las horas extras forman parte del salario cotizable para la TSS, hasta el techo establecido. Deben reportarse en la planilla mensual de la TSS.

¿Cuándo hay que pagar la TSS a la DGII?

La planilla TSS se presenta y paga entre los días 1 y 10 del mes siguiente al período. Los empleadores con más de 100 empleados tienen obligatoriedad de pago electrónico.

¿Un empleado con dos empleos paga TSS dos veces?

Sí, cada empleador retiene TSS por separado. El empleado puede solicitar a la TSS la consolidación si sus ingresos combinados superan el techo.

¿Las propinas entran en la nómina TSS?

Las propinas del 10% (Ley 392-19 en restaurantes) sí forman parte del salario cotizable para TSS. El empleador que las distribuye debe incluirlas en la planilla.

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