Art. 80 del Código de Trabajo. Calcula preaviso, cesantia, vacaciones y salario de Navidad proporcional.
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El Art. 80 del Código de Trabajo establece los derechos del trabajador al finalizar su relacion laboral. Los montos varian según la causa de terminacion y el tiempo de servicio.
7 días
14 días
28 días
6 días de salario
13 días de salario
21 días por anio
23 días por anio
Nota: El despido justificado (Art. 88) no genera derecho a preaviso ni cesantia. El mutuo acuerdo genera 50% de cesantia. Siempre se pagan vacaciones y salario de Navidad proporcionales.
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