¿Por qué es crucial tener el calendario fiscal a mano?
Una empresa dominicana promedio tiene más de 15 obligaciones tributarias diferentes cada año: declaraciones mensuales de ITBIS, reportes informativos, pagos a la TSS, retenciones de ISR, y al menos una declaración anual de renta. Perder una sola fecha puede generar multas de RD$5,000 a RD$50,000 o más, dependiendo de la declaración.
El calendario fiscal dominicano es complejo porque las fechas varían según el tipo de obligación, el tamaño de la empresa y si el día de vencimiento cae en fin de semana o feriado. Este artículo consolida todas las fechas clave para el año 2026 en un solo lugar.
Nota importante
Este calendario es una guía de referencia. Las fechas exactas, especialmente cuando caen en fin de semana o feriados nacionales, deben verificarse en el calendario oficial de la DGII en dgii.gov.do. Las fechas pueden ajustarse si la DGII emite normas especiales durante el año.
Obligaciones mensuales — días límite
Estas obligaciones se repiten cada mes del año. Los días indicados son los días del mes siguiente al período declarado:
TSS (Tesorería Seguridad Social)
Aportaciones de empleados: SFS, AFP y SRL. Se paga del 1 al 3 de cada mes.
IR-17 (Retención ISR asalariados)
Retención del ISR descontado a los empleados el mes anterior. Aplica a todos los empleadores.
IT-1 (ITBIS mensual)
Declaración y pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios del mes anterior.
Formato 606 (Compras)
Reporte informativo de todas las compras y gastos con comprobante fiscal del mes anterior.
Formato 607 (Ventas)
Reporte informativo de todas las ventas e ingresos con comprobante fiscal del mes anterior.
Formato 608 (Anulaciones)
Reporte de comprobantes fiscales anulados durante el mes anterior.
Pago a cuenta ISR
El 1.5% de los ingresos brutos del mes como anticipo del ISR anual. Aplica a personas jurídicas.
Obligaciones anuales 2026 — fechas clave
| Período | Obligación | Descripción |
|---|---|---|
| Enero 31 | IR-17 Resumen anual | Declaración resumen de todas las retenciones de ISR hechas a asalariados durante el año anterior. |
| Febrero 28 | Formatos 609 (Pagos al exterior) | Reporte de pagos realizados a personas o empresas en el exterior durante el año anterior. |
| Marzo 31 | IR-1 (Personas físicas) | Declaración anual de ISR para personas físicas con actividad comercial o profesional. |
| Abril (120 días) | IR-2 (Personas jurídicas) | Declaración anual de ISR para sociedades comerciales. Plazo: 120 días desde el cierre del ejercicio. |
| Junio 30 | Proporcionalidad ITBIS | Ajuste anual del crédito proporcional de ITBIS para empresas con operaciones gravadas y exentas. |
| Todo el año | NCF y e-CF activos | Verificar que los comprobantes fiscales vigentes no hayan expirado. Solicitar nuevas secuencias con tiempo. |
Calendario mes a mes 2026
Para que puedas planificar tu flujo de caja, aquí tienes las obligaciones clave de cada mes del año:
Enero
- TSS diciembre (3 ene)
- IR-17 diciembre (10 ene)
- IT-1 diciembre (20 ene)
- 606/607 diciembre (20 ene)
- IR-17 resumen anual 2025 (31 ene)
Febrero
- TSS enero (3 feb)
- IR-17 enero (10 feb)
- IT-1 enero (20 feb)
- 606/607 enero (20 feb)
- Formato 609 año 2025 (28 feb)
Marzo
- TSS febrero (3 mar)
- IR-17 febrero (10 mar)
- IT-1 febrero (20 mar)
- 606/607 febrero (20 mar)
- IR-1 personas físicas (31 mar)
Abril
- TSS marzo (3 abr)
- IR-17 marzo (10 abr)
- IT-1 marzo (20 abr)
- 606/607 marzo (20 abr)
- IR-2 personas jurídicas (≈fin abr)
Mayo
- TSS abril (3 may)
- IR-17 abril (10 may)
- IT-1 abril (20 may)
- 606/607 abril (20 may)
Junio
- TSS mayo (3 jun)
- IR-17 mayo (10 jun)
- IT-1 mayo (20 jun)
- 606/607 mayo (20 jun)
- Proporcionalidad ITBIS (30 jun)
Julio
- TSS junio (3 jul)
- IR-17 junio (10 jul)
- IT-1 junio (20 jul)
- 606/607 junio (20 jul)
Agosto
- TSS julio (3 ago)
- IR-17 julio (10 ago)
- IT-1 julio (20 ago)
- 606/607 julio (20 ago)
Septiembre
- TSS agosto (3 sep)
- IR-17 agosto (10 sep)
- IT-1 agosto (20 sep)
- 606/607 agosto (20 sep)
Octubre
- TSS septiembre (3 oct)
- IR-17 septiembre (10 oct)
- IT-1 septiembre (20 oct)
- 606/607 septiembre (20 oct)
Noviembre
- TSS octubre (3 nov)
- IR-17 octubre (10 nov)
- IT-1 octubre (20 nov)
- 606/607 octubre (20 nov)
Diciembre
- TSS noviembre (3 dic)
- IR-17 noviembre (10 dic)
- IT-1 noviembre (20 dic)
- 606/607 noviembre (20 dic)
- Verificar NCF 2027
Multas por incumplimiento más frecuentes
| Incumplimiento | Multa Base | Interés Mora |
|---|---|---|
| No presentar 606/607 | RD$10,000 por período | 1.73% mensual |
| No presentar IT-1 (ITBIS) | 10% del impuesto + mínimo RD$1,000 | 1.73% mensual |
| No presentar IR-2 (renta) | 5% del impuesto por mes, máximo 50% | 1.73% mensual |
| No pagar TSS | 10% del monto adeudado | 2% mensual |
| NCF expirado o inválido | RD$50,000 a RD$150,000 por auditoría | N/A |
Alertas automáticas con TuFacturaRD
TuFacturaRD incluye un módulo de Calendario Fiscal que elimina el riesgo de olvidar una fecha:
- Alertas por email 30, 15 y 7 días antes de cada vencimiento
- Semáforo en el dashboard: verde (sin vencer), amarillo (próximo), rojo (urgente)
- Notificaciones push en el navegador o app móvil
- Checklist por obligación: generado, verificado, presentado, pagado
- Historial de cumplimiento de los últimos 24 meses
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence el ITBIS (IT-1) en República Dominicana?
El ITBIS mensual vence el día 20 del mes siguiente al período declarado. El ITBIS de enero vence el 20 de febrero, el de febrero el 20 de marzo, y así sucesivamente durante todo el año.
¿Cuándo vence el IR-2 para empresas en 2026?
Las empresas con ejercicio fiscal enero-diciembre 2026 deben presentar el IR-2 dentro de los 120 días después del cierre, aproximadamente a finales de abril de 2027.
¿Cada cuánto se paga la TSS?
La TSS se paga mensualmente entre el 1 y el 3 del mes siguiente al período. Incluye las aportaciones al seguro de salud (SFS), pensiones (AFP) y riesgos laborales (SRL).
¿Cómo recibo alertas de vencimientos automáticamente?
TuFacturaRD incluye un Calendario Fiscal integrado que envía alertas automáticas por email y notificaciones en la plataforma 30, 15 y 7 días antes de cada vencimiento.