Hoteles · Turismo · ExencionesActualizado 16 abril 2026

CONFOTUR Ley 158-01 — Exención ITBIS Hoteles RD

La Ley 158-01 creó uno de los regímenes de incentivos turísticos más atractivos del Caribe. Si tienes un hotel o proyecto turístico en República Dominicana, esta guía te explica todos los beneficios y cómo obtener la certificación CONFOTUR.

¿Qué es el CONFOTUR y la Ley 158-01?

La Ley 158-01 de Fomento al Turismo fue creada por el Gobierno Dominicano para promover la inversión en el sector turístico. Esta ley creó el CONFOTUR (Consejo de Fomento Turístico), organismo que certifica proyectos y otorga beneficios fiscales.

Los beneficios son sustanciales: exención de ITBIS, ISR y aranceles de importación por hasta 10 años, lo que puede representar millones de pesos en ahorro fiscal para un hotel o resort.

Dato importante: República Dominicana es el país con más turistas del Caribe (7+ millones anuales). La Ley 158-01 fue un factor clave en atraer inversión hotelera a destinos como Punta Cana, Cap Cana, Miches y Las Terrenas.

Beneficios fiscales del CONFOTUR

🏨

Exención ITBIS

Exento del pago de ITBIS sobre servicios de alojamiento, restaurante y actividades del hotel durante 10 años.

💰

Exención ISR

Hasta 10 años de exención del Impuesto Sobre la Renta sobre utilidades generadas por el proyecto turístico.

📦

Arancel cero en importaciones

Exención de aranceles de importación para equipos, materiales de construcción y mobiliario destinados al proyecto.

🏗️

ITBIS en construcción

Exención de ITBIS en la compra de materiales de construcción durante la fase de desarrollo del proyecto.

📜

Impuesto transferencia inmobiliaria

Exención o reducción del impuesto de transferencia inmobiliaria (3%) sobre los inmuebles del proyecto.

🌊

Impuestos municipales

Exención o reducción de impuestos municipales (patentes comerciales, arbitrios) según cada municipio.

Duración: Los beneficios aplican por 10 años desde el inicio de operaciones. Los proyectos en zonas de desarrollo prioritario pueden calificar para extensiones adicionales según la Ley 195-13 (modificatoria de la 158-01).

¿Qué proyectos califican para CONFOTUR?

Tipo de proyecto¿Califica?Requisito mínimo
Hoteles y resorts (nuevas inversiones)Mínimo 2 estrellas, zona elegible
Remodelación hotel existenteSÍ (parcial)Inversión mínima según CONFOTUR
Villas y condohotelesUso turístico certificado
Parques temáticos turísticosAprobación MITUR
Restaurantes independientes (sin hotel)LimitadoSolo en zonas de desarrollo turístico especial
Pequeños hostales (menos de 10 habitaciones)DifícilPueden aplicar a categoría parador
Agencias de viajesNONo incluidas en Ley 158-01

Proceso de certificación CONFOTUR

1

Presentar solicitud ante CONFOTUR

Depositar el expediente completo en el Ministerio de Turismo (MITUR) con el proyecto técnico, financiero y descripción del establecimiento.

2

Documentación requerida

Acta de constitución de la empresa, planos del proyecto, presupuesto de inversión, RNC activo en la DGII, certificación de no deuda fiscal, y estudio de impacto ambiental para proyectos grandes.

3

Evaluación del CONFOTUR

El comité evalúa la elegibilidad del proyecto según zona geográfica, tipo de inversión y cumplimiento de requisitos mínimos. El proceso toma entre 30-90 días.

4

Resolución de aprobación

Si aprobado, el CONFOTUR emite una Resolución que especifica los beneficios otorgados, el período de exención y las condiciones de cumplimiento.

5

Registro en la DGII

Con la Resolución CONFOTUR, se registra en la DGII para que el sistema reconozca automáticamente las exenciones fiscales del establecimiento.

6

Inicio de beneficios

Los beneficios aplican desde la fecha de apertura oficial o inicio de operaciones certificado por el MITUR.

Cómo facturar siendo CONFOTUR

Un hotel con certificación CONFOTUR factura con exención de ITBIS:

EJEMPLO DE FACTURA HOTEL CONFOTUR

Hospedaje 3 noches (habitación deluxe)RD$ 21,000.00
Desayunos incluidosRD$ 2,400.00
Excursión privadaRD$ 4,500.00
SubtotalRD$ 27,900.00
ITBIS (Exento — Certificación CONFOTUR)RD$ 0.00
TOTALRD$ 27,900.00

El comprobante fiscal debe ser de tipo B15 (Régimen Especial) o en su versión electrónica E44 (Regímenes Especiales Electrónico). La factura debe indicar el número de Resolución CONFOTUR.

Preguntas frecuentes

¿Los hoteles CONFOTUR pueden vender a turistas con ITBIS?

No. La exención es para los servicios del hotel. El hotel no cobra ITBIS al turista, lo cual hace el destino más competitivo en precio frente a otros países caribeños.

¿Puedo perder la certificación CONFOTUR?

Sí. El CONFOTUR puede revocar los beneficios si el establecimiento incumple las condiciones, cesa operaciones, cambia de uso o no presenta los informes anuales requeridos.

¿Aplica CONFOTUR a hoteles pequeños en zonas urbanas?

La Ley 158-01 prioriza zonas de desarrollo turístico específicas. Hoteles en zonas urbanas como Santo Domingo o Santiago pueden calificar solo si están en zonas designadas específicamente.

¿Un inversionista extranjero puede solicitar CONFOTUR?

Sí. La ley no distingue entre inversionistas locales y extranjeros. Los beneficios aplican a la entidad jurídica dominicana que opere el proyecto, independientemente de la nacionalidad del inversionista.

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