¿Qué es el CONFOTUR y la Ley 158-01?
La Ley 158-01 de Fomento al Turismo fue creada por el Gobierno Dominicano para promover la inversión en el sector turístico. Esta ley creó el CONFOTUR (Consejo de Fomento Turístico), organismo que certifica proyectos y otorga beneficios fiscales.
Los beneficios son sustanciales: exención del ISR del proyecto, de los impuestos por constitución y transferencia inmobiliaria, de los aranceles de importación y del ITBIS de las maquinarias, equipos y materiales de la construcción y el primer equipamiento, por quince (15) años. Lo que no exime es el ITBIS que el hotel le cobra al huésped: eso sigue al 18 %, y es lo que más se confunde.
Dato importante: República Dominicana es el país con más turistas del Caribe (7+ millones anuales). La Ley 158-01 fue un factor clave en atraer inversión hotelera a destinos como Punta Cana, Cap Cana, Miches y Las Terrenas.
Beneficios fiscales del CONFOTUR
ITBIS de lo que el proyecto compra
El proyecto certificado no paga ITBIS ni aranceles sobre las maquinarias, equipos, materiales y bienes muebles necesarios para la construcción y el primer equipamiento (Art. 4, literal c). Esa compra se documenta con NCF B14 / e-CF E44, donde el hotel es el comprador exento. No cubre el ITBIS que el hotel le cobra al huésped.
Exención ISR
Exención del Impuesto Sobre la Renta sobre las utilidades del proyecto turístico clasificado (Art. 4, literal a).
Arancel cero en importaciones
Exención de aranceles de importación para equipos, materiales de construcción y mobiliario destinados al proyecto.
Financiamiento sin impuestos ni retención
Los financiamientos nacionales e internacionales otorgados al proyecto, y los intereses de esos financiamientos, no están sujetos a pago de impuestos ni a retención alguna (Art. 4, Párrafo I).
La inversión se deduce de la renta
Quien invierte en un proyecto clasificado deduce el monto invertido de su renta neta imponible, amortizando hasta un 20 % de esa renta cada año, en un plazo que no excede cinco años (Art. 4, Párrafo II).
Transferencia inmobiliaria y patrimonio
Exención del 100 % de los impuestos nacionales y municipales por constitución de sociedades, aumento de capital y transferencia de derechos inmobiliarios, y del impuesto patrimonial inmobiliario sobre los bienes del proyecto (Art. 4, literal b).
Sin cargas nuevas durante la exención
Durante el período de exención no pueden establecerse nuevas cargas impositivas, arbitrios ni tasas sobre el proyecto (Art. 5). Ojo: eso protege de tributos NUEVOS; no exime las patentes ni los arbitrios municipales de la operación corriente.
Duración: quince (15) años desde la terminación de los trabajos de construcción y equipamiento — el Art. 9 de la Ley 195-13 sustituyó el Art. 7 de la 158-01 y subió el plazo de 10 a 15 años, extendiéndolo también a los proyectos que ya estaban clasificados. Esa misma ley derogó la lista de polos prioritarios: el ámbito hoy es todo el territorio nacional.
¿Qué proyectos califican para CONFOTUR?
| Tipo de proyecto | ¿Califica? | Requisito mínimo |
|---|---|---|
| Hoteles y resorts (nuevas inversiones) | SÍ | Actividad del Art. 3; todo el territorio nacional |
| Remodelación de hotel existente | SÍ | Más de 5 años: ITBIS de equipos de modernización. Más de 15 años y remodelado en más del 50 %: régimen completo del Art. 4 (Ley 195-13) |
| Villas y condohoteles | SÍ | Uso turístico certificado |
| Parques temáticos turísticos | SÍ | Aprobación MITUR |
| Restaurantes e infraestructuras turísticas | SÍ | Listados en el numeral 6 del Art. 3 |
| Pequeños hostales (menos de 10 habitaciones) | Difícil | Pueden aplicar a categoría parador |
| Agencias de viajes | NO | No incluidas en Ley 158-01 |
Proceso de certificación CONFOTUR
Presentar solicitud ante CONFOTUR
Depositar el expediente completo en el Ministerio de Turismo (MITUR) con el proyecto técnico, financiero y descripción del establecimiento.
Documentación requerida
La ley exige (Art. 14): estudio de impacto ambiental aprobado por Medio Ambiente para TODO proyecto nuevo —no sólo los grandes—, anteproyecto arquitectónico elaborado por profesional o firma dominicana, y plan de contingencia de combustibles cuando aplique. El Art. 15 añade una garantía o fianza bancaria ambiental ANTES de iniciar la construcción. El acta de constitución, el presupuesto, el RNC y la certificación de no deuda los pide el MITUR como práctica administrativa.
Evaluación del CONFOTUR
El comité evalúa la elegibilidad según la actividad y el cumplimiento de los requisitos. El Art. 10 fija el plazo: los proyectos deben ser aprobados o rechazados, con motivaciones razonables, en un período que no excederá en total los sesenta (60) días.
Resolución de aprobación
Si aprobado, el CONFOTUR emite una Resolución que especifica los beneficios otorgados, el período de exención y las condiciones de cumplimiento.
Registro en la DGII
Con la Resolución CONFOTUR, se registra en la DGII para que el sistema reconozca automáticamente las exenciones fiscales del establecimiento.
Inicio de beneficios
Los beneficios aplican desde la fecha de apertura oficial o inicio de operaciones certificado por el MITUR.
Cómo facturar siendo CONFOTUR
⚠️ Si tu hotel facturó sin ITBIS amparándose en el CONFOTUR
El ITBIS se debe igual, y lo debe el hotel. El contribuyente del ITBIS es quien presta el servicio (Art. 337 del Código Tributario). No haberlo cobrado no lo elimina: lo convierte en una deuda del establecimiento, porque el huésped ya se fue y no hay a quién cobrárselo.
- Mide el hueco. Identifica los comprobantes emitidos con ITBIS en 0 % por esta razón, mes por mes, y calcula el 18 % sobre la base de cada uno.
- Rectifica el IT-1 de cada período afectado y paga el ITBIS omitido, con los recargos por mora y el interés indemnizatorio que correspondan.
- Corrige el 607 de esos meses, o el reporte y la declaración quedarán diciendo cosas distintas — y la DGII los cruza automáticamente.
- Revisa qué NCF usaste. Si emitiste B14 / E44 a huéspedes que no tienen exención propia, esos comprobantes están mal tipificados además de mal calculados.
- Hazlo antes de que te lo encuentren. Regularizar por iniciativa propia es pagar impuesto, recargo e interés; que lo detecte una fiscalización abre el procedimiento por evasión tributaria (Art. 248), que es otro asunto.
- Con un CPA. Una rectificativa mal hecha se convierte en dos problemas.
¿El CONFOTUR exime el ITBIS del hospedaje?
No. Un hotel con certificación CONFOTUR factura su hospedaje con ITBIS al 18 %, igual que cualquier otro hotel. Su certificado lo exime de lo que él compra, no de lo que él cobra.
EJEMPLO DE FACTURA HOTEL CONFOTUR
La propina legal del 10 % la obliga el Art. 228 del Código de Trabajo sobre el consumo de alimentos y bebidas, pertenece íntegra a los trabajadores y queda fuera de la base del ITBIS por mandato expreso del Art. 339, numeral 3 del Código Tributario: la base es «el valor total de los servicios prestados, excluyendo la propina obligatoria». Es la única línea de la factura de un hotel que sale legítimamente sin ITBIS — y no depende del CONFOTUR.
El comprobante es B02 / e-CF E32 si el huésped es consumidor final, o B01 / e-CF E31 si es una empresa con RNC que va a usar el crédito fiscal. El B14 / E44 (Regímenes Especiales) no es el comprobante del hotel: es el que el hotel recibe de sus suplidores cuando compra, exento, lo que va al proyecto.
Preguntas frecuentes
¿El hotel con CONFOTUR le cobra ITBIS al huésped?
Sí. El 18 % sobre hospedaje, alimentos, bebidas y demás servicios. El hospedaje es un servicio gravado por el Art. 335 del Código Tributario y no aparece entre los nueve servicios exentos del Art. 344. Lo que la Ley 158-01 exime es lo que el proyecto COMPRA, no lo que vende. Ni siquiera el régimen «todo incluido» tiene hoy una proporción exenta: existió, y la DGII la eliminó con la Norma General 09-2006 a partir del 1ro de enero de 2007.
¿Cómo factura un hotel con CONFOTUR?
Con B02 / e-CF E32 si el huésped es consumidor final, o B01 / e-CF E31 si es una empresa con RNC. El B14 / e-CF E44 de Regímenes Especiales es el comprobante que el hotel RECIBE de sus suplidores cuando compra exento para el proyecto — no el que emite. Conviene saberlo: el B15 es Gubernamental, para ventas al Estado.
¿Puedo perder la certificación CONFOTUR?
Sí. El Art. 18 lista las causales de pérdida, y el Art. 13 agrega que la violación implica la pérdida automática de los beneficios más «el pago correspondiente de los valores dejados de pagar». Lo que se dejó de pagar durante la exención se vuelve exigible.
¿Aplica CONFOTUR a hoteles en zonas urbanas?
Sí. La Ley 195-13 derogó la lista de polos prioritarios de la 158-01 y extendió el ámbito a todo el territorio nacional. Lo que decide hoy es la actividad del Art. 3, no dónde esté el proyecto.
¿Un inversionista extranjero puede solicitar CONFOTUR?
Sí. El Art. 2 habla de personas físicas o morales domiciliadas en el país, sin distinguir nacionalidad. Ojo con la reventa: el Art. 4, Párrafo IV —sustituido por el Art. 7 de la Ley 195-13— reserva las exenciones a quien invierte directamente con los promotores o desarrolladores, y excluye cualquier transferencia posterior a terceros adquirientes. Quien compra una villa de reventa no hereda el CONFOTUR.
¿Por cuánto tiempo aplican los beneficios?
Quince (15) años desde la terminación de los trabajos de construcción y equipamiento (Art. 7 de la 158-01, sustituido por el Art. 9 de la Ley 195-13, que extendió el nuevo plazo también a los proyectos ya clasificados).
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