¿Qué es el IR-1?
El IR-1 es el formulario de declaración jurada anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que presentan las personas físicas y empresas unipersonales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de la República Dominicana. A través de este formulario, el contribuyente informa todos sus ingresos del año fiscal, aplica las deducciones permitidas por la ley y determina si debe pagar un saldo de impuesto o si tiene un crédito a su favor.
Es importante no confundir el IR-1 con el IR-2. El IR-1 corresponde a personas físicas (trabajadores por cuenta propia, profesionales liberales, rentistas, pequeños negocios no incorporados), mientras que el IR-2 aplica a personas jurídicas (sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas y otras empresas constituidas legalmente). Si tienes una SRL o SA, debes presentar el IR-2.
¿Quién debe presentar el IR-1?
Están obligados a presentar el IR-1 todas las personas físicas domiciliadas en República Dominicana que obtengan ingresos gravables superiores al monto exento establecido por la ley. Para el año fiscal 2025 (declaración 2026), la exención es de RD$416,220 anuales.
En concreto, deben presentar el IR-1:
- Profesionales liberales (médicos, abogados, ingenieros, contadores) con ingresos por honorarios
- Propietarios de negocios unipersonales (colmados, talleres, salones, etc.)
- Personas con ingresos por alquileres de propiedades inmuebles
- Asalariados con ingresos adicionales (alquileres, consultorías, comisiones)
- Personas que reciben dividendos o participaciones en utilidades
Plazos para presentar el IR-1 en 2026
Los plazos varían según el tipo de contribuyente:
| Tipo de contribuyente | Plazo | Cierre fiscal |
|---|---|---|
| Personas físicas | 31 de marzo 2026 | 31 de diciembre 2025 |
| Empresas unipersonales | 31 de marzo 2026 | 31 de diciembre 2025 |
| Sociedades (IR-2) | 120 días después del cierre | Variable según estatutos |
Importante: Presentar el IR-1 fuera de plazo genera una multa de entre RD$5,000 y RD$50,000, más intereses del 1.10% mensual sobre el impuesto adeudado. No esperes al último día.
Escala ISR 2026 para personas físicas
La DGII aplica una escala progresiva para calcular el ISR de personas físicas. Los tramos vigentes para el año fiscal 2025 (declaración en 2026) son:
| Renta neta imponible | Tasa ISR | Impuesto sobre el exceso |
|---|---|---|
| Hasta RD$416,220 | Exento (0%) | — |
| RD$416,221 – RD$624,329 | 15% | Sobre el exceso de RD$416,220 |
| RD$624,330 – RD$867,123 | 20% | Sobre el exceso de RD$624,329 |
| Más de RD$867,123 | 25% | Sobre el exceso de RD$867,123 |
Por ejemplo, si tu renta neta imponible anual es RD$700,000: pagas 0% sobre los primeros RD$416,220, 15% sobre RD$208,109 (la diferencia hasta RD$624,329) y 20% sobre los restantes RD$75,671. El ISR total sería aproximadamente RD$46,351.
Ingresos que se incluyen en el IR-1
Debes declarar todos los ingresos de fuente dominicana obtenidos durante el año fiscal, incluyendo:
- Salarios y sueldos: si tienes más de un empleo o ingresos adicionales al sueldo principal
- Honorarios profesionales: cobros por servicios, consultorías, asesorías
- Alquileres: ingresos por arrendamiento de inmuebles o bienes muebles
- Dividendos: distribuciones de utilidades de empresas donde seas accionista
- Ingresos de negocios: ventas y servicios de tu empresa unipersonal
- Ganancias de capital: venta de propiedades, vehículos u otros activos
Gastos deducibles en el IR-1
La ley dominicana permite deducir ciertos gastos del IR-1 para reducir la base imponible:
| Tipo de deducción | Límite | Requisito |
|---|---|---|
| Gastos educativos | 10% del ISR determinado | Facturas con NCF válido |
| Gastos médicos | 10% del ISR determinado | Facturas con NCF válido |
| Aportes AFP (jubilación) | Hasta 10% del sueldo | Estado de cuenta AFP |
| Gastos del negocio (unipersonal) | Gastos necesarios y comprobados | Registro contable + NCF |
IR-1 vs IR-2: diferencias clave
| Característica | IR-1 (Personas físicas) | IR-2 (Personas jurídicas) |
|---|---|---|
| ¿Quién lo presenta? | Personas físicas, unipersonales | SRL, SA, otras sociedades |
| Plazo | 31 de marzo | 120 días después del cierre |
| Tasa impositiva | Escala progresiva 0–25% | Tasa fija del 27% |
| Monto exento | RD$416,220 anuales | Sin exención fija |
| ISR mínimo | No aplica | 1.5% de ingresos brutos |
Cómo TuFacturaRD calcula tu ISR automáticamente
Con TuFacturaRD no tienes que hacer los cálculos manualmente. El módulo de contabilidad integrada registra todos tus ingresos a lo largo del año, clasifica tus gastos deducibles con NCF válido y, al cierre del ejercicio fiscal, genera automáticamente:
- El resumen de ingresos brutos por categoría (honorarios, alquileres, ventas)
- Las deducciones aplicables con su documentación de respaldo
- La renta neta imponible y el ISR calculado según la escala vigente
- Las retenciones acreditables (IR-17, retenciones de clientes)
- El saldo a pagar o a favor para presentar ante la DGII
Además, el calendario fiscal integrado te alerta 30, 15 y 7 días antes del 31 de marzo para que no te agarren fuera de tiempo.
Preguntas frecuentes sobre el IR-1
¿Qué pasa si no presento el IR-1?
La DGII aplica multas de RD$5,000 a RD$50,000 por no presentar en tiempo, más intereses del 1.10% mensual sobre el impuesto adeudado. También puede generar auditorías o bloqueo del RNC.
¿Puedo deducir mis gastos médicos?
Sí. Puedes deducir hasta un 10% del impuesto determinado en concepto de gastos médicos, siempre con facturas con NCF válido que los respalden.
¿Los asalariados deben presentar el IR-1?
Los asalariados que solo reciben sueldo de un empleador generalmente están exentos, porque el empleador retiene el ISR vía IR-17. Si tienes ingresos adicionales (alquileres, consultorías), sí debes presentar IR-1.
¿Cuándo se paga el ISR resultante del IR-1?
El ISR debe pagarse al momento de presentar la declaración. Si hay saldo a favor (por retenciones ya pagadas), puedes solicitar compensación o devolución.
¿Qué es el ISR adelantado?
Son pagos bimestrales del 1.5% sobre ingresos brutos que hacen personas físicas con actividades comerciales. Se pagan en 6 cuotas y se acreditan al presentar el IR-1 anual.